De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0126/2015 de 30 de junio, bajo los siguientes argumentos
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0126/2015 de 30 de junio, bajo los siguientes argumentos

Fecha: 30-Jun-2015

II. FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO ACLARATORIO

En cumplimiento a lo establecido en el art. 116 (CPCo), el cual dispone la realización del control previo de constitucionalidad de Estatutos y Cartas Orgánicas con el objeto de confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional, se realizó análisis a la citada Declaración Constitucional, por lo que, corresponde realizar la siguiente observación, a efecto de garantizar la supremacía constitucional en la gestión pública Municipal.