SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En la acción penal promovida por el Ministerio Público por los supuestos delitos de avasallamiento, robo agravado, amenazas y asociación delictuosa, la Fiscal de Materia, por requerimiento conclusivo de 13 de octubre de 2014, solicitó al Juez “Octavo” de Instrucción en lo Penal, la aplicación de procedimiento abreviado; sin tener en cuenta que, el control jurisdiccional se hallaba a cargo del Juzgado “Décimo” de Instrucción en lo Penal.

Citó a la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, que estableció que se considera acto violatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva “… inc. b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial. Plazo que puede ser en un límite de tres o cinco días máximo”, y en el caso transcurrieron más de cincuenta días hasta la presentación de la acción tutelar, sin que se haya atendido la solicitud de remisión.