SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0620/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0620/2015-S2

Fecha: 03-Jun-2015

II.2.

II.2.  Por Auto de 4 diciembre de 2014, la Jueza Primera Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer, declinó competencia en el caso que sigue el Ministerio Público contra el accionante, toda vez que al ser un Juzgado especializado, Este tiene competencia sobre delitos cometidos dentro de las previsiones de la Ley 348, por ello el acoso político no se encuentra dentro de estos alcances (fs. 30).