Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
II.2.
II.2. Por Auto interlocutorio 528/2014 de 15 de septiembre, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, rechazó uno de los incidentes de actividad procesal defectuosa presentado (fs. 65 a 66 vta.), dictando un cuarto intermedio para resolver los otros incidentes planteados, para el 16 de septiembre de 2014, en horas de la mañana (fs. 67 a 68).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR