SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2015-S3

Fecha: 22-Jun-2015

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 03/2015 de 10 de enero, cursante de fs. 24 a 26, concedió la tutela solicitada, solo a efectos de determinar la responsabilidad incurrida por el ahora demandado, en mérito a que la restricción a la libertad, locomoción y a la vida del accionante, ya hubieren cesado; además, respecto a los hechos alegados ya se tiene abierto el correspondiente proceso penal, ante la denuncia incoada por los abogados del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre; también instó al Ministerio Público a cumplir con la mayor diligencia sus funciones para el procesamiento y la sanción que corresponda contra las personas responsables de acciones de hecho; asimismo, reclamó la inactividad policial, que ante un hecho flagrante y que fue de su conocimiento sin que se hubiese actuado de manera inmediata en resguardo de los derechos fundamentales de los funcionarios municipales afectados, señalando que respecto a tal inactividad, corresponde actuar al Ministerio Público de acuerdo a ley. Con el fundamento que, las acciones de hecho -retención en calidad de rehén, amenaza a su integridad física y no permitir alimentarse ni realizar sus necesidades básicas- lesionaron el derecho a la libertad personal y de locomoción del accionante, mereciendo la tutela a través de esta vía, no obstante haber cesado las mismas.