SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2015-S2
Fecha: 22-Jun-2015
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 04/2015 de 4 de febrero, cursante de fs. 48 vta. a 52, concedió la tutela, disponiendo la restitución inmediata a su fuente de trabajo en el cargo que estaba ocupando antes de su despido y la cancelación de los sueldos devengados desde agosto de 2014 hasta la fecha en que se la restituya a su fuente de trabajo, además la cancelación de subsidios y asignaciones familiares, haciendo efectivo todos los derechos sociales a que tienen la accionante y el recién nacido, más costas procesales, daños y perjuicios que serán regulados en ejecución de sentencia, con los siguientes fundamentos: a) De la prueba presentada se tiene que es evidente que Sonia Vergara Flores, el año 2014 era trabajadora de la ONG “EDYFU”, y a pesar de estar en estado de gestación, fue despedida de manera indirecta, al haberle imposibilitado el empleador retornar a su fuente de trabajo, por ello se encuentra sin trabajo, por lo que la parte demandada vulneró el art. 48.VI de la CPE, que protege y garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad; es decir, que la accionante no podía haber sido despedida en razón a que estaba embarazada y a la fecha tiene un hijo recién nacido, en consecuencia se encuentra protegida por esta normativa suprema; y, b) El demandado Vicent Danhier vulneró leyes sociales al no haber afiliado a la accionante a la Caja Nacional de Salud (CNS), conforme disponen las normas de materia laboral, además de no concederle subsidios o asignaciones familiares a la accionante, consiguientemente corresponde aplicar el art. 128 de la Norma Suprema.