Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa el voto disidente a la DCP 0151/2015 de 28 de julio, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación al art. 2
Fecha: 28-Jul-2015
a)
Los motivos que sustentan el presente voto disidente respecto a la DCP 0151/2015 son: a) El nuevo modelo de estado plurinacional con autonomías de Bolivia y la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesino (NPIOC); b) Sujeción de la carta orgánica municipal a la Constitución Política del Estado (CPE).