Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En razón a que la DCP 0006/2015 de 14 de enero, declaró la incompatibilidad del art. 18, y por conexitud, los arts. 19.II.6, 20, 24.I.4, 25.VI.VII, 26.I y 42, referidos al carácter electo de la vice Alcaldesa o vice Alcalde de ese Gobierno Municipal;
Fecha: 08-Jul-2015
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