SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2015-S1
Fecha: 10-Jul-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La mañana del 25 de enero de 2015, en inmediaciones de su domicilio situado en la "Urbanización Parcopata", sorpresivamente una turba exaltada de la que eran parte Severo Flores, Reynaldo Mollo y Delia Mamani Choque, lo sujetaron propinándole golpes, patadas e insultos para luego secuestrarlo; posteriormente en un minibús blanco fue conducido a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde se le acusó del delito de estafa; por ello Nelly Mollericona López, Sargenta Segunda, fue presionada para aperturar el caso y dar inicio a los actos investigativos.
Asimismo aseguró que esos hechos fueron originados por represalias, debido a que anteriormente lo denunciaron las mismas personas y por la falta de asidero de éstas no prosperó la causa. Del informe emitido por la funcionaria policial mencionada, la representante del Ministerio Público dictó Resolución fundamentada de aprehensión que no detallaba el presunto delito ni quién fue la víctima, ya que Elena Sullcani Mamani afirmaba ser dirigente de la junta vecinal de la "Urbanización Copacabana" y no de la "Urbanización Parcopata", y tampoco era la presunta víctima a la que hubiese estado vendiendo lotes de terreno a momento de ser retenido; por otra parte, manifestó que solicitó su resguardo y el de su familia, puesto que los sujetos mencionados son agresivos y con un perfil delincuencial, porque tienen antecedentes penales y obraron de igual forma con Raúl Condori causándole lesiones graves y leves.
Refirió que la autoridad demandada, no consideró el estado en el que llegó a las dependencias policiales, y que a raíz de la tremenda golpiza probablemente se le fracturó una costilla, además que se le mantiene en celdas sin permitir que reciba atención médica por lo que corre peligro su vida y su salud.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.
- concedió en parte
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Presunción de los hechos y actos denunciados por el accionante
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR