SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2015-S1
Fecha: 17-Jul-2015
denegó
El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 04 de 20 de febrero de 2015, cursante de fs. 40 a 41 vta., denegó la tutela solicitada, bajo el fundamento de que no se verificó lesión que atente su derecho a la vida, libertad o que constituya una persecución o procesamiento indebido que atente o ponga en peligro su derecho de locomoción de forma directa, siendo posible acudir ante el juez cautelar, a efecto de denunciar los actos que considera que vulneratorios los mismos o garantías constitucionales, no encontrándose en estado de absoluta indefensión y debiendo agotar todas las instancias y recursos, ya que los hechos denunciados per se no guardan relación con el derecho a la libertad.
- acción de libertad
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.3. Sobre la persecución ilegal o indebida
- 1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley
- III.5. Análisis del caso
- Fragmento 9