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    AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2015-RCA

    Fecha: 31-Ago-2015

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    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedencia
    • I.
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.  Cuando se denuncia falta de fundamentación
    • pero de ninguna manera a los argumentos o a la fundamentación invocados por la autoridad fiscal superior jerárquica de forma que para la impugnación a una indebida interpretación de legalidad, la errónea valoración probatoria o una omisión valorativa, no es necesario agotar previamente al planteamiento del amparo constitucional el control jurisdiccional, por lo que previo cumplimiento de requisitos establecidos en la jurisprudencia, corresponde de forma directa su activación’
    • II.3.1.

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