AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2015-CA

Fecha: 14-Ago-2015

I.2.

Argumentan que, la Ley 1381 emitida en 1992, es impugnada, porque el entonces Poder Legislativo, usurpó funciones y atribuciones del Ministerio de Desarrollo Humano y Sostenible, por no haber observado el procedimiento legislativo que da origen a una ley; por lo que, el Congreso de ese año, usurpó funciones que no le competen; por cuanto en aquella época la autoridad competente para homologar un radio urbano era el referido Ministerio, mediante resolución suprema.