Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2015-CA
Fecha: 14-Ago-2015
I.2.
Argumentan que, la Ley 1381 emitida en 1992, es impugnada, porque el entonces Poder Legislativo, usurpó funciones y atribuciones del Ministerio de Desarrollo Humano y Sostenible, por no haber observado el procedimiento legislativo que da origen a una ley; por lo que, el Congreso de ese año, usurpó funciones que no le competen; por cuanto en aquella época la autoridad competente para homologar un radio urbano era el referido Ministerio, mediante resolución suprema.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- El recurso directo de nulidad procede únicamente contra actos de carácter decisorio y no así contra normas de carácter general y abstracto.
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 7