AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2015-CA

Fecha: 19-Ago-2015

a)

Por memorial presentado el 28 de abril de 2015, cursante de fs. 10 a 11 vta., Guillermo Colque Guerrero y Genaro García Choque, en su condición de Autoridades Indígena Originarias Campesinas del Ayllu kharacha de la provincia Bustillos del departamento de Potosí, solicitaron a la Jueza de Partido de Sentencia Penal y Mixta de Uncía del departamento de Potosí se inhiba del conocimiento del proceso penal seguido por Benita Yergo Ramos contra Sabina Ramos Vda. de Yergo, Medarda y Nirda ambas de apellidos Yergo Ramos, por la presunta comisión de los delitos de difamación, calumnias e injurias, en base a los siguientes argumentos: a) Dentro de la querella formulada ante la Jueza referida, ambas partes procesales además de ser familiares, también son de la misma comunidad de Lawa Lawa, perteneciente al Ayllu que representan; en ese entendido, el 18 de marzo de ese año, en presencia de las partes en conflicto y las autoridades originarias, llegaron a un acuerdo conciliatorio en base a sus usos y costumbres; y, b) No obstante que la querella fue interpuesta ante la jurisdicción ordinaria, la misma también fue de conocimiento de la jurisdicción indígena originaria campesina, vulnerando con ello el principio de igualdad jerárquica de jurisdicciones.

En ese marco, a su criterio manifiestan que, la Jueza de Partido de Sentencia Penal y Mixta de Uncía del departamento de Potosí, carece de jurisdicción y competencia para el conocimiento de la querella mencionada, pues los delitos de difamación, calumnias e injurias, que son atribuidos a los comunarios querellados, carecen de relevancia social y no se encuentran excluidos del conocimiento de la jurisdicción indígena originario campesina, al concurrir los ámbitos de vigencia personal, material y territorial, regulados por los arts. 9, 10 y 11 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ); razón por la cual, solicitan la remisión de antecedentes a sus autoridades.