SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2015-S2

Fecha: 04-Ago-2015

a)

Misael Severiche Saravia, Juez Quinto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante a fs. 45 y vta., argumentó que:   a) Las suspensiones de audiencias de juicio denunciadas no fueron atribuibles a su autoridad, ya que si quedaron suspendidas para una próxima audiencia; la última señalada para el 18 de febrero de 2015, fue debido a la ausencia del Ministerio Público, del abogado defensor y por la incomparecencia de los testigos; b) De esta manera considera que ha cumplido con lo exigido por el art. 393 quater del Código de Procedimiento Penal (CPP), enmarcando su actuar dentro de lo  previsto por el art. 335 del CPP; y, c) Son falsos los argumentos y vulneraciones al principio de celeridad e incumplimiento de la ley por lo que solicita se deniegue la tutela puesto que a la fecha existe audiencia señalada para la celebración del juicio.