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    AUTO CONSTITUCIONAL 0253/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0253/2015-RCA

    Fecha: 11-Sep-2015

    Fragmento 6

             El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • a)
    • improcedencia “in limine”
    • I.
    • Fragmento 6
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • II.2. Análisis del caso concreto
    • II.3.

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