SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

a)

Ramiro López Guzmán y Ricardo Chumacero Tórrez, Vocales de Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentaron informe escrito de fs. 15 a 16, señalando que: a) En audiencia de apelación, se estableció la existencia del riesgo procesal de obstaculización en razón a que existirían otros procesos que demuestran de una u otra manera la actitud repetitiva del imputado, hoy recurrente, en la comisión de hechos delictivos, así como por la comunicación fluida y viajes al exterior que realizaba, aspectos admitidos por el accionante; b) Se consideró la edad del imputado, que al rebasar los 60 años, está bajo la protección de la legislación a las personas de la tercera edad, por lo que se advirtió la no viabilidad de la detención preventiva; y, c) No se debe distorsionar a la acción de libertad como una segunda o tercera instancia, pudiendo solicitar la modificación de las medidas sustitutivas en cualquier momento, por lo que correspondería denegar la tutela.