SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En la acción penal en su contra promovida por el Ministerio Público, por el supuesto delito de estelionato, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal aplicó medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en arraigo, presentación quincenal ante el Ministerio Público y presentación de dos garantes solventes; en grado de apelación, los Vocales ahora demandados, emitieron el Auto de Vista 170/2014  de 2 de octubre, agravando su situación procesal, disponiendo su detención domiciliaria y el depósito de Bs50 000.- (Cincuenta mil 00/100 bolivianos), considerando estas medidas como “excesivas y draconianas” (sic).

Señaló que, la Resolución carecía de una debida fundamentación como exigencia del orden constitucional, violando el principio de predictibilidad al haber sido completamente imprevisible e injustificada, distorsionaron el principio de proporcionalidad bajo el supuesto errado, de que las medidas dispuestas por el juez a quo, no fueron suficientes para garantizar su presencia en el juicio; determinaron un riesgo procesal de obstaculización en razón a que existirían otros procesos que demuestran la actitud repetitiva del imputado en la comisión de hechos delictivos, sin que exista ningún medio probatorio al respecto; asimismo, que su comunicación fluida con el exterior generaría convicción sobre el riesgo de retirarse del territorio nacional; presentó memorial de complementación y enmienda, mismo que no fue decretado ni arrimado al cuaderno devuelto al juzgado a quo.