Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2016-CA
Fecha: 27-Ene-2016
RECHAZAR
resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, interpuesta por Luís Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, demandando la inconstitucionalidad de las frases: “dentro de los veinte días siguientes al conocimiento del acto” y “en el plazo de quince días”, insertas en los parágrafos II y V del art. 95 del CPCo, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, 202.1 y 410 de la Constitución Política del Estado.