Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S3
Fecha: 18-Ene-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Asimismo, presentó varios memoriales reclamando dicha situación; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, no recibió ninguna respuesta razonable a su pedido; además, hace notar que la administración se rige por lo principios de sometimiento pleno a la ley, verdad material, buena fe, legalidad, presunción de legitimidad e impulso de oficio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.2.
- II.4.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR