AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2016-CA

Fecha: 04-Oct-2016

I.2. Petitorio

Solicitan al Tribunal de Sentencia Penal Primero; Juzgado Público de Partido y de Sentencia Penal de Llallagua del departamento de Potosí que, dentro del proceso penal mencionado en uso de sus atribuciones amparadas en la Ley de Deslinde Jurisdiccional, en los arts. 30 inc. 18, 56.I.II, 120, 178.I, 179.I, 191 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1.2 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); 3 y 34 de la Declaración de los Pueblos Indígenas, ratificado por Bolivia mediante Ley 3760; “SSCC 0037/2013, 0698/2013, 0874/2014” (sic), se aparte del conocimiento de la presente causa y remitan los antecedentes de la misma a su jurisdicción.