AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2016-CA
Fecha: 12-Oct-2016
rechazar
Por Resolución 060/2016 de 22 de septiembre, cursante de fs. 109 a 114, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Pocoata, provincia Chayanta del departamento de Potosí, decidió rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, fundamentando que: a) Los accionantes adjuntaron copia simple del testimonio de declaratoria de herederos respecto a su causante Gerardo Portanda, documento que no puede ser considerado válido por no estar debidamente legalizado; y, b) La Ley Autonómica Municipal 08/15 no es contraria a los arts. 4, 57 y 231.I y IV de la CPE, puesto que prevé el pago de una justa indemnización a los titulares de los bienes inmuebles a ser afectados, ello en medida que los mismos presenten sus respectivos avalúos en los respectivos plazos.
- Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Pocoata
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- Una ordenanza municipal cuyo contenido no es normativo como es el caso de una que resuelve una expropiación que se constituye en un acto administrativo
- Fragmento 8
- RATIFICAR