AUTO CONSTITUCIONAL 0254/2016-CA
Fecha: 12-Oct-2016
Fragmento 1
En consulta la Resolución 6 de 30 de septiembre de 2016, cursante a fs. 42 y vta., pronunciada por la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa Coactiva Fiscal y Tributaria Primera del departamento de Chuquisaca por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesto por Jorge Marañón Caba, en representación de la Caja Nacional de Salud (CNS) de Sucre, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestación de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia -Ley 475 de 30 de diciembre de 2013-, por ser presuntamente contraria a los arts. 123 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR