AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2016-CA
Fecha: 17-Oct-2016
rechazó
Por Resolución 09/2016 de 29 de septiembre, cursante a fs. 201 y vta., la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) En el caso, el art. 210 de la LOJ, no tiene trascendencia respecto a la decisión final que resuelva el fondo del litigio, tampoco a algún incidente o excepción; de lo que se colige que la norma considerada inconstitucional no tiene trascendencia alguna para definir la cuestión sometida a proceso; y, b) Dicha pretensión está alejada de las condiciones de derecho, ya que no puede dejarse de lado que la característica de los procesos disciplinarios tienen por esencia ser sumarios de ágil sustanciación y culminación y ese fue el espíritu del legislador para determinar que los procesos tengan un fallo de primera instancia y de alzada y pretender la creación de otra instancia de revisión, desnaturalizaría el carácter y sentido de dichos procesos disciplinarios.