AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2016-RCA

Fecha: 04-Oct-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

La parte accionante, manifiesta que la Jueza de garantías, emitió el fallo final en base al proveído de 25 de febrero de 2016, el cual fue notificado a esa Administración el 2 de marzo de ese año, basándose en el “rechazo” de la solicitud de notificación efectuada; sin embargo, se puede advertir que en el mencionado proveído no existe en ninguna parte el “rechazo”, simplemente comunica que se practicó diligencia conforme al art. 205 del CTB; por lo que, dicho decreto no causa ningún estado de indefensión; asimismo, el cómputo de plazo de inmediatez no se debe enmarcar en la notificación del referido decreto de 25 de febrero de 2016, sino en la notificación del 23 de marzo de ese año, según la providencia de rechazo al recurso; pues el mismo también debe adecuarse al art. 55.I del CPCo, demostrándose así que la presente acción de defensa se encuentra dentro de plazo. Solicitando la remisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, a objeto ordene su admisión.