SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

III.3.Análisis del caso concreto

En la presente acción de libertad venida en revisión, la accionante denunció la lesión en la integridad física y emocional de sus hijos menores de edad; toda vez que, el 11 de mayo de 2016, al constituirse en su domicilio ubicado en la calle Alto Achachicala, zona Tangani, del departamento de La Paz, junto a otras personas profiriendo insultos y amenazas, los expulsaron del mismo, siendo despojada de su vivienda junto a su hijos, sin la posibilidad de sacar ningún objeto, encontrándose sin acceso a servicios básicos, ni poder volver al colegio menos cambiarse de ropa, pidiendo a los vecinos que los cobijen.

En el caso concreto, se puede establecer que si bien la accionante hace alusión a la SCP 1657/2014 de 29 de agosto, la misma tiene hechos fácticos diferentes para poder ser considerada, pues de la revisión del memorial de acción de libertad, se observa que no especifica qué derechos fundamentales le fueron vulnerados, mas al contrario señala que fue expulsada de su domicilio identificando a un grupo personas, líneas arriba también refiere que abandono su domicilio por las amenazas, configurándose el hecho como avasallamiento, que de ninguna manera puede ser tutelado a través de la presente acción de libertad, puesto que no se evidencia la existencia de los requisitos exigidos para la concesión de la tutela conforme se describe en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, ya que no se encuentra en riesgo su vida, no están siendo perseguidos ni procesados ilegalmente, simplemente es una aseveración de la accionante, sobre la cual no adjunta prueba alguna.

Más al contrario, se puede ver que existen denuncias de ambas partes en estrados judiciales sobre avasallamientos, falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, que deberán ser resueltos en la vía ordinaria, en tal sentido no se advierte vulneraciones a derechos fundamentales y garantías constitucionales para activar la acción de libertad, correspondiendo denegar la tutela, sin ingresar al fondo de la problemática planteada.