SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2016-S3
Fecha: 04-Oct-2016
1)
Emigdio Ávalos Carvajal, ex Juez Público, Civil, Comercial y de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Yapacaní del departamento de Santa Cruz, en audiencia, manifestó que: 1) Dejó de ser Juez el 10 de junio de 2016, fecha en la cual se aceptó su renuncia al cargo, por lo que no puede presentar informe ni remitir el cuaderno procesal; 2) En el Juzgado donde ejerció funciones durante ochos años y seis meses, solo se llevaron causas civiles, comerciales y laborales, y las causas penales son remitidas y es de responsabilidad de la Jueza en materia penal, María Virginia Concharí Arteaga; y, 3) No cuenta con legitimación pasiva en esta acción de defensa, pues la decisión que se tome no va a obligarlo a nada, porque ya no es Juez. Solicita se deniegue la tutela.