AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-CA
Fecha: 24-Nov-2016
II.2. Análisis del caso concreto
Mediante el presente recurso directo de nulidad, la Empresa recurrente por medio de sus representantes demanda la nulidad de la Conminatoria de reincorporación MTEPS/JDTCBBA/313/2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, que dispuso que SEMAPA reincorpore a Javier Alfonso Berrios Uzeda, al mismo cargo que desempeñaba, desconociendo totalmente que los contratos administrativos están sujetos a legislación especial.
En el caso de autos, revisada la demanda y los antecedentes se tiene que la tramitación de reincorporación laboral efectuada por Javier Alfonso Berrios Uzeda, ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, se considera un procedimiento administrativo, por lo tanto, a través del recurso directo de nulidad, no se puede cuestionar la competencia de dicha entidad para emitir la Conminatoria de Reincorporación MTEPS/JDTCBBA/313/2016.