SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1107/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos a la vida e integridad física, porque en más de diez oportunidades, el Gobernador del Recinto Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz, de manera arbitraria, le negó el traslado al Hospital de Clínicas Universitario, argumentando no haber espacio en el bus que los traslada desde el penal al referido hospital, pese a contar con autorización judicial y orden de salida respectivamente, aspecto que pone en riesgo su vida e integridad física; asimismo, la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, no garantizó el buen funcionamiento del establecimiento penitenciario, no contando con el medio de transporte necesario para efectivizar su salida a un centro hospitalario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la citación con la demanda de acción de libertad a la autoridad demandada, Jurisprudencia reiterada