Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
denegó
El Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del Departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 439/2016 de 31 de agosto, cursante a fs. 19 y vta., denegó la tutela solicitada fundamentando que el accionante no cumplió con lo dispuesto en el inciso 5 de la Resolución 389/2016 de 5 de agosto, al no haber presentado los garantes exigidos en dicha Resolución, omisión por la que no se libró el correspondiente mandamiento de libertad; tal consecuencia, no se verifica lesión al debido proceso ni detención indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y la tutela del debido proceso en virtud al principio de celeridad cuando se encuentra directamente vinculado con el derecho a la libertad
- III.2. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3.
- CONFIRMAR en todo