SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 09/2016 de 23 de septiembre, cursante de fs. 92 a 93, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada resuelva la solicitud que realizó y deje en suspenso cualquier mandamiento de apremio, fundamentando en los siguientes puntos: 1) Según el art. 10 del Estatuto Orgánico y Reglamento del Club The Strongest, establece que la propiedad de los bienes inmuebles que el Club adquiera por cualquier título, corresponderá a la institución como persona jurídica, el Directorio solo tiene la facultad de administración y no podrá ceder, vender, ni hipotecar inmuebles sin expresa autorización de la Asamblea General de Asociados; 2) La SCP 1680/2013, instituye que el mandamiento de apremio no es suficiente que se haya emitido contra el representante legal de la institución que asumió la defensa del proceso, más aun cuando estos no están con la facultad de disposición patrimonial; y, 3) El mandamiento de apremio que se libró contra el hoy accionante, vulnera la protección de los derechos humanos, ya que no consideró que entre Félix Gonzalo Berdeja Taboada y Cesar Luís Salinas Sinka, Presidente del Club The Strongest, existía una acuerdo conciliatorio pactado.