SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dentro de la demanda de cobro de beneficios sociales iniciado por Félix Gonzalo Berdeja Taboada contra el Club The Strongest, la Jueza Cuarta de Trabajo y Seguridad Social –hoy demandada–, dictó Sentencia disponiendo que el demandado pague a favor del nombrado demandante la suma de $us 49 602,08 (cuarenta y nueve mil seiscientos dos 08/100 dólares estadounidenses). El 12 de enero de 2016, la autoridad judicial atendiendo la solicitud hecha por el demandante, dictó la Resolución 020/2016, ordenando se libre mandamiento de apremio en su contra por el impago de los beneficios sociales; por lo que inmediatamente se apersonó ante la autoridad judicial y como muestra de tener voluntad de sanear la deuda social, realizó una oferta de pago a favor del demandante, incluso invocando la SCP 1168/2014 de 10 de junio, expresó que es una excesiva medida disponer la privación de libertad de una persona, por el solo hecho de no haber cumplido una obligación, cuando no se tiene la facultad de disponer del patrimonio en una empresa o institución jurídica, por lo que pidió se deje sin efecto el indicado mandamiento de apremio; corrido en traslado, la parte adversa no se pronunció sobre el mismo, tampoco la autoridad jurisdiccional y menos aplicó siquiera de manera obligatoria la citada jurisprudencia constitucional.

Posteriormente, la Jueza demandada realizó una valoración del memorial de apersonamiento y reconociendo sus propios errores cometidos, sin resolver en el fondo de su petitorio, pronunció la Resolución 243/2016 de 6 de junio, por la cual, determinó anular obrados y volvió a conminarle para que cancele el monto ya mencionado, advirtiéndole que en caso de incumplimiento nuevamente emitiría el mandamiento de apremio. Ante esa decisión, a través de un segundo escrito presentado, adjuntó el extracto de un depósito a favor de Félix Gonzalo Berdeja Taboada como muestra de buena fe y cumplimiento del monto adeudado, a más que reiteró cumpla con la jurisprudencia constitucional invocada, la cual no mereció respuesta alguna; y, mediante un tercer memorial, reiteró su petitorio, empero, esta vez la Jueza demandada, simplemente se limitó a señalar “Estese a la citada Resolución” que además de ser incompleta, resulta confusa, infundada e inmotivada; a pesar de ello, a simple petición hecha del demandante, dictó la Resolución 385/2016 de 26 de agosto, por la cual, ordenó se expida mandamiento de apremio en su contra, poniendo en peligro su libertad; contra esa decisión, presentó recurso de reposición bajo alternativa de apelación, pero simplemente dispuso se corra traslado a la parte, sin emitir nuevamente ningún pronunciamiento y libró el mandamiento de apremio en su contra.