Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0295/2016-CA-BIS
Fecha: 05-Dic-2016
el plazo de los siete días subsiguientes
I. Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas nos pertenecen).
- I.1. Contenido de la solicitud
- I.3. Trámite procesal
- Autoridad Indígena Originaria Campesina
- el plazo de los siete días subsiguientes
- II.3. Análisis del caso concreto
- o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
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