AUTO CONSTITUCIONAL 0295/2016-CA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0295/2016-CA-BIS

Fecha: 05-Dic-2016

I.1.  Contenido de la solicitud

Por memorial remitido a este Tribunal el 1 de agosto de 2016,  cursante a fs. 6 y vta., Emilio Calle García, Autoridad Originaria de la Comunidad Titiamaya del Ayllu Cagua del departamento de La Paz, con cargo “Consejo  de Justicia”, refiere que en la Fiscalía de Quime a cargo del Fiscal, Gregorio Blanco Torrez se encuentra la denuncia por supuesto delito de avasallamiento y otros entre las comunidades de Titiamaya y Sopocari (caso 32/2016), el cual es claramente de competencia de la justicia indígena originaria campesina, por lo que el 13 de abril de 2015, presentaron ante el Fiscal de Quime la solicitud de declinatoria de la justicia ordinaria a la indígena originaria campesina, pero al no ser atendidos en su oportunidad el 30 de mayo del mismo año, también solicitaron ante el Juzgado Mixto Civil y Comercial de la localidad de Quime, provincia Inquisivi, la declinatoria de la justicia ordinaria del caso 32/2016, pero tampoco fueron atendidos en su oportunidad.