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    AUTO CONSTITUCIONAL 0311/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0311/2016-CA

    Fecha: 16-Dic-2016

    RECHAZAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 27.II. inc. c), del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR el conflicto positivo de competencias interpuesto por Edgar Gainza Pereira y Carlos Coca Flores, Presidente y Concejal, respectivamente, del Concejo  del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.

    • I.1. Argumentos jurídicos del conflicto
    • I.2.  Petitorio
    • El conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas Descentralizadas, y entre éstas procederá como conflicto positivo, cuando una de ellas entienda que la otra ejerce una determinada competencia que no le corresponde de acuerdo a la Constitución Política del Estado o la Ley
    • conflictos de competencias
    • II.6. Análisis del caso concreto
    • RECHAZAR

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