Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
I.1. Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia a la DCP 0151/2016 de 1 de diciembre, correlativa a la DCP 0036/2016 de 18 de abril, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan en el presente voto
Fecha: 01-Dic-2016
respetar
En este sentido nos corresponde ratificarnos en los extremos de nuestra disidencia, manifestando que el deber de honra a símbolos municipales impuesto sobre los habitantes del municipio, no se adecúa al deber de las bolivianas y bolivianos contenido en el art. 108.13 de la CPE, de respetar los símbolos patrios, que tiene otra connotación en virtud del cual no deberán denigrar o mancillar éstos sin repercutir en el ámbito de la libertad de expresión.
- I.1. Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia a la DCP 0151/2016 de 1 de diciembre, correlativa a la DCP 0036/2016 de 18 de abril, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan en el presente voto
- Análisis
- respetar
- Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país