Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0160/2016 de 1 de diciembre, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0207/2015 de 16 de diciembre y 0014/2014 de 10 de marzo; en base a los siguientes argumento
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0160/2016 de 1 de diciembre, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0207/2015 de 16 de diciembre y 0014/2014 de 10 de marzo; en base a los siguientes argumento

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 17. NORMATIVA MUNICIPAL

II.    Carta Orgánica Municipal, es la Norma Institucional Básica que perfecciona y regula todos los aspectos inherentes a la autonomía municipal, en su ámbito territorial, de cumplimiento obligatorio, reconocida y amparada en la Constitución Política del Estado, como parte integrante del ordenamiento jurídico que expresa la voluntad popular de sus hombres y mujeres, que definen derechos, deberes, establece las instituciones políticas de la entidad territorial autónoma, sus competencias y procedimientos a través de los cuales el órgano ejecutivo y concejo municipal, desarrollarán sus actividades con sujeción a la Constitución Política del Estado.