SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2016-S1

Fecha: 01-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Ministerio Público a instancias de Bernardina Mejía Cutey, sigue un proceso penal en su contra, por la presunta comisión del delito de violencia familiar doméstica, en el cual, el Fiscal de Materia en aplicación del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), emitió mandamiento de aprehensión sin que previamente se le citara de forma legal en su domicilio ubicado en el Tejar, señalado en su cédula de identidad y certificado domiciliario; al contrario, basándose en el informe del investigador asignado al caso que señaló que su citación fue legal, dispuso se libre mandamiento de aprehensión, sin que dichas autoridades se cerciorasen mediante el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), la dirección de su domicilio real o laboral, que fue devuelta a través de memorial por la cuñada del accionante, quien hizo conocer que su persona no vivía ahí, mereciendo una vaga respuesta por parte del Fiscal de Materia que se limitó a decir “se tiene presente” (sic).

Asimismo señaló que, el 5 de julio de 2016, se apersonó ante la autoridad Fiscal de Materia pidiendo se señale día y hora de audiencia para recepcionar su declaración informativa, quien después de dos semanas señaló que previamente su abogado acredite el Registro ante el Ministerio de Justicia, observación que fue cumplida el 20 de julio del mismo año, no teniendo respuesta alguna hasta el 27 de igual mes y año, fecha en la que se habría ejecutado el mandamiento de aprehensión, pese a la existencia de una conminatoria por parte del Juez de control jurisdiccional, para presentar un requerimiento preliminar, cuyo plazo también venció.