SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de la Aduana Nacional (ANB) en contra de Edwin Peñaranda Silva por la supuesta comisión del delito de usurpación de funciones aduaneras después de tres años de iniciado el 24 de junio de 2016, el Fiscal de Materia imputó formalmente a su representado solicitando la detención preventiva como medida cautelar, causa que fue radicada bajo el control jurisdiccional del Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de Cochabamba.

El 16 de septiembre de 2016, su persona conjuntamente Sonia Gutiérrez recusaron al Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de Cochabamba, argumentando que existía odio, resentimiento y animadversión mutuas a raíz de los procesos penales y disciplinarios suscitados con anterioridad a ese proceso penal; sin embargo, a pesar de la abundante prueba presentada fue rechazada la recusación con el fundamento que los abogados no son partes del proceso, consiguientemente prosiguió el mismo fijando audiencia de medidas cautelares para el 26 del mismo mes y año, notificándole el 23 del aludido mes y año a horas 11:00, sin esperar la resolución de la apelación planteada contra la resolución de rechazo, sin dar tiempo de asumir defensa.

Refiere que solicitó la postergación de la audiencia de medidas cautelares porque su abogado defensor debía patrocinar en otro juicio oral programado con anterioridad, pero el Juez no atendió su pedido y en medio de anomalías como no instalar la audiencia, porque no estaban presentes el Fiscal de Materia, su abogado defensor ni su apoderado y la asistencia tardía de la ANB, le declaró rebelde disponiendo la aprehensión de Edwin Peñaranda Silva y extrañamente le notificaron con el acta de la audiencia de medidas cautelares el 27 de septiembre de 2016, cuando generalmente en otros casos la Secretaria no concluía las actas en un día tardando semanas incluso meses en transcribir las actas de audiencias.