AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2016-RCA

Fecha: 17-Feb-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2015, cursante de fs. 7 a 16 vta., los accionantes, refirieron que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra René Paniagua Banegas y Sergio Paniagua Orosco, por la supuesta comisión del delito de tentativa de asesinato, complicidad y lesiones graves, el 17 de noviembre de 2015 a horas 15:30 se instaló la audiencia de juicio oral, misma que no se llevó a cabo por segunda vez, debido a la inasistencia de los jueces ciudadanos; es así que, nuevamente se fijó día y hora de audiencia, para el 11 de abril de 2016, después de seis meses; aspecto que vulneró sus derechos constitucionales al debido proceso, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones y el principio de celeridad; al amparo del art. 401 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en audiencia interpusieron recurso de reposición, que fue negado por las autoridades demandadas, quienes se mantuvieron firmes en la fecha señalada, por lo que, plantearon la presente acción de amparo constitucional.