El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0012/2016 de 1 de febrero, sobre la base de los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0012/2016 de 1 de febrero, sobre la base de los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 01-Feb-2016

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dicha Sentencia, en el referido conflicto de competencias jurisdiccionales declara competente al Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, para continuar la sustanciación del proceso penal iniciado por Constancia Mamani Villarreal, Máximo Villarreal Mayta, Rosmery Santander Rodríguez Mamani, Máxima Gutiérrez de Rodríguez, Isaac Montes Chuquimia, Juana Tomasa Paucara de Montes, Víctor Hugo Cruz Cruz, Erika Carola Quispe Chalco, Florencia Quispe Mamani de Rodríguez, Juan Mamani Villarreal, Susana Aida Humerez Ichuta, Bertha Ortiz de Mamani e Ignacio Yupanqui Ticona contra Germán Quispe, Rogelio Julián Huiza, Fidel Escobar, Daniel Nina Mamani, Crispín Julián Huisa, Senobia Gimena Villca, Gerarda Caballero, Cinthia Quispe, Richar Quispe Apaza, Andrea García Mamani, Teodoro Mamani Chávez, Alicia Bautista, Andrea Viviana Laime Tintaya, Natividad Guanca, Silverio Calle, Amalio Mamani Colque y Mary Cruz Cantuta, por la presunta comisión de los delitos de despojo y perturbación de posesión, con el fundamento de que la conducta pasiva y la aprobación sobre quién tiene la competencia para conocer y resolver la denuncia penal interpuesta, dejó una tácita aceptación de la competencia de la autoridad de la jurisdicción ordinaria.