Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2016-CA
Fecha: 07-Mar-2016
acción de inconstitucionalidad abstracta
La acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Félix Patzi Paco, Gobernador del Departamento de La Paz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1 del texto: “El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, Empresas Departamentales y otras entidades dependiente o que tenga participación el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, así como implementar una imagen institucional estable como parte de una política departamental, quedando exento de cualquier manipulación que fomente intereses personales de los gobernantes y autoridades de turno”; 2 del texto: “El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y otros señalados en el art. 1 de la Presente Ley”, así como en el inciso b) del parágrafo II del art. 2, la frase “Gobierno Autónomo Departamental de La Paz” y la exclusión del inc. c) del citado artículo; 3 del texto: “Gobierno Autónomo Departamental de La Paz”; 4 inc. b), del texto: “Para el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, al mismo tiempo que podrá ir acompañado del nombre de la secretaría departamental, dirección, servicio departamental, unidad descentralizada, unidad desconcentrada, empresa departamental y otro donde tenga participación dicha instancia”; y, la Disposición transitoria única, de la frase: “Y el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, así como todas las unidades descentralizadas y desconcentradas empresas departamentales y otras que tengan participación el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz”, de la Ley Departamental 105 de 19 de enero de 2016, denominada “IMAGEN INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ”; por ser presuntamente contrarias a los arts. 12.I, 272, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
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