Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Declaración Constitucional Plurinacional 0022/2016
Fecha: 29-Mar-2016
“ARTÍCULO 25.- (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL)
22. Interpelar, a iniciativa de cualquier Concejal, a las Secretarias y/o a los Secretarios Municipales, a las Sub Alcaldesas o a los Sub Alcaldes, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal. La censura implicará la destitución de la servidora o servidor público.