El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0031/2016 de 1 de marzo, sobre la base de los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0031/2016 de 1 de marzo, sobre la base de los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 01-Mar-2016

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

En la Sentencia del referido conflicto de competencias jurisdiccionales, se declaró competente al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, para conocer el proceso penal interpuesto por Sinforiano Mamani Rojas contra Marcos Miranda Mamani, Israel Sandoval Choque, Ramón Donato Mamani Colque, Lucy Sandoval Azuli, Galo Plata Rojas, Daysi Mamani de Plata, Jhannet Flores Callizaya, Juana Apaza Colque, Bernabé Plata Arce, Luis Colque Viza, Pedro Heraclio Plata Rojas, Gabino Colque Miranda, Florentino Sandoval Mamani, Paulino Colque Miranda, Víctor Plata Rojas, Santos Azuli Plata, Eduardo Sandoval Mamani, Luis Sandoval Mamani, Macedonio Sandoval Larama, y “cómplices y encubridores”; por la presunta comisión de los delitos de exacciones, resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a las leyes, amenazas, allanamiento de domicilio o sus dependencias con el agravante por ser funcionario público y robo agravado; y, en consecuencia, se dispuso la remisión de antecedentes ante dicha instancia judicial ordinaria, para que reasuma conocimiento de la causa.