SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2016-S1

Fecha: 11-Mar-2016

concedió

La Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 137 de 27 de octubre de 2015, cursante de          fs. 390 vta. a 393 vta., por la que concedió la tutela invocada, anulando el Auto de Vista 25/15, emitido por la autoridad demandada, debiendo sujetarse a la resolución a ser dictada, dando satisfacción positiva o negativa en forma coherente, a fin de no violentar el art. 115.II de la CPE, pronunciándose sobre cada uno de los agravios de manera fundamentada, bajo los siguientes argumentos: a) La Sentencia de primera instancia dictada por la Jueza de Instrucción Mixta de la Guardia del departamento de Santa Cruz, realizó una secuencia del marco jurídico del derecho a la vivienda, haciendo referencia a la Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda y a la Declaración Universal de Derechos Humanos; b) El accionante señaló que la demanda no debió ser admitida por no cumplir lo estipulado por la antedicha Ley, la Jueza de la causa no realizó una adecuada valoración de la prueba; asimismo, acusó que se limitó a declarar improbadas las excepciones perentorias sin fundamentación alguna; y, c) El Tribunal Constitucional ha establecido que la fundamentación no tiene que ser ampulosa empero se exige que sea clara precisa y concisa, leído el Auto de Vista en cuestión se advierte que éste tiene una hoja y media de extensión, careciendo de toda valoración y fundamentación.