Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 28 de abril de 2015, la demandante a través de su representante legal, se apersonó y solicitó el cambio de domicilio procesal del hoy accionante (fs. 19); asimismo, cursa decreto de 29 de igual mes y año; por el cual, la Jueza demandada dispuso que se notifique al actual accionante en su nuevo domicilio procesal (fs. 19 y vta.).