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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2016-S3

    Fecha: 03-Mar-2016

    II.4.

    II.4.  Mediante memorial presentado el 28 de abril de 2015, la demandante a través de su representante legal, se apersonó y solicitó el cambio de domicilio procesal del hoy accionante (fs. 19); asimismo, cursa decreto de 29 de igual mes y año; por el cual, la Jueza demandada dispuso que se notifique al actual accionante en su nuevo domicilio procesal (fs. 19 y vta.).

    • I.1. Contenido de la demanda
    • a)
    • denegó
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   El apremio en asistencia familiar procede previa citación e  intimación al obligado con la liquidación o que cumpla su finalidad
    • Fragmento 7
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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