SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2016-S3

Fecha: 15-Mar-2016

concedió

El Juez Mixto de Partido, de Sentencia Penal y de la Niñez y Adolescencia de Cotoca del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05 de 5 de noviembre de 2015, cursante de fs. 768 a 770, concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata desocupación de los terrenos con la ayuda de la fuerza pública, debiendo librarse el respectivo desapoderamiento, en base a los siguientes fundamentos: i) La jurisprudencia constitucional a través de la “SCP 1079/2014 de 10 de junio”, instituyó su procedencia excepcional, prescindiendo de su naturaleza subsidiaria, cuando se advierte lesión a los derechos y por consiguiente un daño irreparable provocado por la vías o medidas de hecho que merecen protección inmediata, porque de lo contrario la tutela sería ineficaz; ii) Se ha demostrado el derecho propietario de los accionantes, mediante la inscripción en DD.RR. de los terrenos que se encuentran ubicados en la urbanización “CUSIS CLARA MORA” UV697 de Cotoca provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz;  iii) Por las fotocopias legalizadas de las diligencias realizadas en la policía, fotografías e informe policial, se demuestra que en forma oportuna se formalizó la denuncia sobre el hecho, por lo que corresponde conceder la tutela solicitada; y, iv) El tercero interesado ha presentado una fotocopia simple de fallos dictados en la jurisdicción civil, en el proceso seguido por Rosendo Paco Calamani, Virgilio Méndez Parada, Calixto Peña Olguin y Juan Ibarra representado por Robín Roca Gutiérrez contra Marcia Roda Vaca; sin embargo, en el citado proceso, no sea acreditado que los accionantes o demandados sean parte del proceso, mucho menos que los terrenos sean los mismos.