AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2016-CA

Fecha: 26-Abr-2016

rechazar

El Pleno del TSE, por Resolución TSE/RSP/0149/2016 de 31 de marzo, cursante de fs. 97 a 102, determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) En cuanto a la inexistencia de plazos procesales determinada en el art. 45 del Reglamento para Campaña y Propaganda para Referendo, es un proceso de carácter especial sumarísimo y conlleva las mismas garantías que uno extenso, ofreciendo las mismas condiciones y posibilidades de defensa; b) Fue notificada con el Auto TSE/RSP/03/2016, lo cual certifica que tomó conocimiento del proceso que le fue iniciado y que garantiza sus derechos a la defensa, al debido proceso y el uso de los recursos para su impugnación; y, c) En cuanto a la prueba pre constituida, señala que se realiza únicamente sobre su propio criterio y que la Dirección Nacional del SIFDE, conforme el art. 123 de la Ley del Régimen Electoral (LRE), detectó posibles infracciones a la normativa electoral en cuanto a la propaganda, una vez en conocimiento de la Sala Plena del TSE, no compromete su imparcialidad; toda vez que, se encuentra pendiente de la respuesta y pruebas de descargo y su decisión no se sustenta necesariamente en el informe.