AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2016-RCA
Fecha: 27-Abr-2016
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 1 y 4 de abril de 2016, cursantes de fs. 6 a 13, 18 y 242 a 243 vta; respectivamente, la accionante manifestó que, el 29 de marzo del presente año, interpuso demanda de regularización de derecho propietario, ante el Juez Segundo Público y Comercial de Montero provincia Obispo Santiesteban del departamento de Santa Cruz, habiendo pedido en el Otrosí 2 del escrito, que se disponga la medida cautelar para suspender la orden de lanzamiento del 4 de febrero de 2015, emitida por el Juez Primero de Instrucción en lo Civil de la misma localidad, actualmente Juez Tercero Público Comercial, dentro de un proceso interdicto de recobrar la posesión que siguió Manuel José Macoño, respaldando tal petición en los arts. 311, 320 y 324 del Código Procesal Civil (CPC); sin embargo, el Juez demandado, si bien admitió el proceso, también determinó no ha lugar la medida cautelar solicitada, decisión que a su criterio carece de fundamentación y motivación, planteó recurso de reposición cuya sustanciación determinó que se estese a lo dispuesto, por lo que, consideró vulnerados sus derechos constitucionales y planteó la presente acción de amparo constitucional.