El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM), de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) Municipal de Torotoro, fue sometida a control previo de constitucionalidad y resuelto por la DCP 0126/2015 de 30 de junio, sobre cuyo fallo constitucional los sus
Fecha: 09-May-2016
I.
El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM), de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) Municipal de Torotoro, fue sometida a control previo de constitucionalidad y resuelto por la DCP 0126/2015 de 30 de junio, sobre cuyo fallo constitucional los suscritos Magistrados manifestamos en su momento nuestra disidencia; en este sentido, nos ratificamos en los fundamentos desarrollados en nuestro voto disidente a la Declaración Constitucional Plurinacional señalada, en todas sus partes.
Ahora bien, con respecto a los preceptos adecuados por el estatuyente de Torotoro y sometidos a control previo de constitucionalidad, corresponde a los suscritos pronunciarse sobre el análisis realizado en la DCP 0050/2016 de 9 de mayo por este Tribunal Constitucional Plurinacional, en base a los siguientes fundamentos jurídicos constitucionales:
- I.
- Análisis
- Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos
- ordenar
- entrará en vigencia el día de su publicación
- Entonces la publicación de la norma se constituye inexcusablemente en un requisito formal de validez de la misma y que, en el Estado boliviano, debe ser aplicada tanto a leyes como a normas institucionales básicas por revestir ambas de carácter general a efectos de que la población tenga conocimiento certero del momento preciso en el cual una normativa aprobada por el Estado comienza a tener efectos jurídicos
- “I. Las entidades territoriales autónomas crearán una gaceta oficial de publicaciones de normas. Su publicación en este órgano determinará la entrada en vigencia de la norma. (…)”, en este entendido la Carta Orgánica Municipal entrará en vigencia una vez publicada en la Gaceta Municipal conforme manda el citado artículo,