AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2016-CA
Fecha: 24-Jun-2016
rechazar
El Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz de la Policía Boliviana, mediante Resolución 018/2016 de 19 de mayo, (fs. 3376 a 3378), resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, bajo los siguientes fundamentos: a) El Tribunal Disciplinario Departamental La Paz, en aplicación del art. 52 de la LRDPB, no lesionó los derechos de Alberto Jorge Aracena Martínez, no atentó los principios y valores del debido proceso; b) El procesado goza del derecho al debido proceso, a la defensa e igualdad conforme dispone la señalada Ley, jamás fue condenado sin haber sido oído y juzgado previamente en un debido proceso, también goza del derecho a la impugnación y supremacía constitucional; y, c) Los actos de este ente disciplinario están enmarcados en el respeto a los derechos constitucionales, siendo la afirmación del procesado subjetiva.